El SERNAC inició una fiscalización a las empresas automotoras del país, tras detectar a través de los reclamos y alertas ciudadanas de los consumidores, una serie de prácticas que podrían constituir infracciones a la Ley del Consumidor. Entre ellas, ventas atadas, retardos en la entrega de los vehículos y negativa a la venta si la persona no opta por un crédito ofrecido por la misma empresa.
El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que a través de esta fiscalización el SERNAC busca recabar los antecedentes necesarios para verificar si se trata de una práctica extendida, y si se están vulnerando los derechos de los consumidores a la libre elección, entre otros.
«En caso de comprobar que existen infracciones, tomaremos las acciones que correspondan. Un crédito automotriz es una deuda, la que nunca puede ser impuesta, menos por una sola empresa. Por su parte, un vehículo no es cualquier producto, pues se trata de una compra de alto valor para las familias, que muchas veces se paga a muchos años. Por tanto, cualquier incumplimiento produce un daño mayor a los consumidores«.
Durante el 2020 y lo que va de este año, el SERNAC ha recibido más de cincuenta reclamos, donde los consumidores relatan que las automotoras les niegan la venta cuando indican que desean pagar en efectivo, vía transferencia o tarjeta de crédito y sólo acceden a la venta si se hace exclusivamente mediante un crédito automotriz otorgado por la propia empresa.
La autoridad indica que «las empresas no pueden condicionar una venta a la adquisición de un crédito, que, además, por definición tiene un mayor costo. No puede existir excusa para que un consumidor no pueda pagar en efectivo por un producto».
Por su parte, la autoridad aclara que un vehículo puede ser una herramienta de trabajo, por lo que, dado el estado de excepción constitucional actual por la pandemia, la ley sanciona especialmente a los comerciantes que incurran en ventas atadas o condicionen la venta a la adquisición de otros servicios o mercaderías.
También se han recibido reclamos que indican que no se estarían respetando las fechas de entrega de los vehículos comprados o demorarían en la devolución del dinero de reservas anuladas.
Respecto a esta situación, «puede haber razones externas que justifiquen la demora, pero debemos indagar sobre las razones objetivas de ello, y especialmente, cómo se le está informando al consumidor de estos retrasos. Si una empresa sabe de antemano que pueden existir demoras, debe comprometerse con plazos posibles de cumplir», concluye el Director.
Es del caso recordar que la propia ley asegura a los consumidores el derecho a prepagar sus créditos en cualquier momento, incluidos los denominados créditos automotrices (o con garantía prendaria sobre el vehículo). Así como también a portarse libremente con dicho crédito a otra institución que le ofrezca mejores condiciones. Quedando así prohibida cualquier restricción o limitación a estos derechos que asisten a los consumidores financieros.
La fiscalización incluirá a todo el mercado automotriz, para indagar éstas y otras prácticas que pudieran estar afectando a los consumidores.